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Aprobación de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales 2019.

Al amparo de las facultades que confiere a los Ayuntamientos la Norma Foral 11/89, de 5 de julio, el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 2 de octubre de 2018 y con efectos desde el 1 de enero de 2019, aprobó la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:

- Ordenanza fiscal reguladora de determinadas facultades para la exacción del impuesto sobre actividades económicas en el municipio.

- Ordenanza fiscal reguladora de los elementos esenciales para determinar las cuotas del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

- Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios y realización de actividades administrativas.

- Ordenanza reguladora de tasas por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.

Los acuerdos adoptados y el expediente al efecto instruido se somete a información pública en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 16.1 de la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, mediante la publicación de anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa, en el tablón de edictos de la casa Consistorial y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia, todo ello conforme a las siguientes reglas:

a) Lugar donde se hallan de manifiesto: En la Secretaría del Ayuntamiento.

b) Plazo para examinarlos y, en su caso, para formular las reclamaciones: 30 días hábiles contados a partir del siguiente hábil al de la inserción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa, en horario de oficina.

c) Legitimados para reclamar: Los que relaciona el art. 17 de la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio.

d) Lugar de presentación: En el Registro General de Entrada del Ayuntamiento directamente, o en los lugares legalmente establecidos.

e) Organo ante el que se recurre: Ayuntamiento Pleno.

Una vez transcurrido el plazo reglamentario de esta información sin que se haya producido reclamación u observación alguna, se tendrán por definitivos los acuerdos adoptados sin necesidad de nuevos acuerdos.

Azpeitia, a 3 de octubre de 2018.- El Alcalde, Eneko Etxeberria

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